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Guías por caso
- ¿Cuánto me corresponde de finiquito?
- Despido improcedente (33 días)
- Cómo calcular la indemnización por despido
- Despido objetivo (20 días)
- Fin de contrato temporal (12 días)
- Vacaciones no disfrutadas
- Pagas extra
Preguntas frecuentes
¿Qué incluye el finiquito?
El salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extra si no están prorrateadas y, según el tipo de extinción, la indemnización.
¿Cuánto me corresponde de finiquito?
Depende de tu salario, de los días trabajados en el último mes, de las vacaciones pendientes y de las pagas extra. La calculadora suma cada concepto y añade la indemnización de 33, 20 o 12 días por año según el caso.
¿Hay finiquito si me doy de baja voluntaria?
Sí: cobras el salario pendiente, las vacaciones no disfrutadas y la parte de pagas extra no cobrada, pero no hay indemnización.
Base legal
- Despido improcedente: 33 días por año, máximo 24 mensualidades (art. 56.1 ET). Periodos anteriores al 12/02/2012: 45 días por año para ese periodo, con un máximo de 42 mensualidades (disposición transitoria 11.ª ET).
- Despido objetivo: 20 días por año, máximo 12 mensualidades, y preaviso de 15 días (art. 53.1 ET).
- Fin de contrato temporal: 12 días por año (art. 49.1.c ET).
- Vacaciones: mínimo 30 días naturales al año (art. 38 ET). Plazo para reclamar el despido: 20 días hábiles (art. 59.3 ET); cómo contarlos, en la guía.
Fuente: Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE). Actualizado: octubre de 2026. Información general, no asesoramiento jurídico: tu convenio, tu contrato o una sentencia pueden cambiar las cifras.
Limitación: las vacaciones se calculan desde el 1 de enero (o el inicio del contrato) del año de salida. No contempla convenios ni casos especiales.
