Qué incluye el finiquito y cómo se calcula
Conceptos del finiquito
- Salario de los días trabajados y no cobrados.
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas (30 días naturales al año, 2,5 al mes, salvo convenio).
- Parte proporcional de pagas extra si no están prorrateadas.
Indemnización según el tipo de despido
- Improcedente: 33 días de salario por año, máximo 24 mensualidades. Antes del 12/02/2012, 45 días por año en ese tramo.
- Objetivo: 20 días por año, máximo 12 mensualidades.
- Fin de contrato temporal: 12 días por año.
- Baja voluntaria: sin indemnización.
Antes de firmar
- Comprueba antigüedad, salario diario y días de vacaciones.
- Puedes firmar «no conforme».
- El plazo para reclamar un despido es de 20 días hábiles desde el día siguiente a sus efectos (art. 59.3 ET, art. 103.1 LRJS): no cuentan sábados, domingos ni festivos nacionales, autonómicos o locales; agosto sí cuenta (art. 43.4 LRJS); la papeleta de conciliación lo suspende (art. 65.1 LRJS). Para festivos locales y el periodo navideño, comprueba el calendario judicial de tu provincia.
Información general orientativa. Consulta un graduado social o abogado laboralista para tu caso.
Base legal
- Despido improcedente: 33 días por año, máximo 24 mensualidades (art. 56.1 ET). Periodos anteriores al 12/02/2012: 45 días por año para ese periodo, con un máximo de 42 mensualidades (disposición transitoria 11.ª ET).
- Despido objetivo: 20 días por año, máximo 12 mensualidades, y preaviso de 15 días (art. 53.1 ET).
- Fin de contrato temporal: 12 días por año (art. 49.1.c ET).
- Vacaciones: mínimo 30 días naturales al año (art. 38 ET). Pagas extraordinarias: al menos dos al año (art. 31 ET).
- Plazo para reclamar el despido: ver «Antes de firmar» (art. 59.3 ET; arts. 43.4, 65.1 y 103.1 LRJS).
Fuente: Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (BOE). Actualizado: octubre de 2026. Información general, no asesoramiento jurídico: tu convenio, tu contrato o una sentencia pueden cambiar las cifras.