Calculadora de despido improcedente (2026)

Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, hasta 24 mensualidades (45 días por año en el tramo anterior al 12/02/2012). Con 24.000 € brutos al año y 5 años: unos 10.849 €.

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En un despido improcedente la empresa debe elegir entre readmitirte o pagarte una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses.

Ejemplo con cifras

Salario bruto anual de 24.000 € y 5 años de antigüedad: salario diario = 24.000 / 365 = 65,75 €. Indemnización = 65,75 × 33 × 5 = 10.849 € aprox. Es una cantidad bruta, pero la indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF en su cuantía obligatoria por ley, con un límite de 180.000 €, si se reconoce en conciliación o por sentencia (art. 7.e LIRPF y criterio de la Agencia Tributaria).

Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012: ejemplo con dos tramos

Hasta esa fecha se computan 45 días por año, y 33 días desde entonces. El total no puede pasar de 720 días de salario (24 mensualidades), salvo que el tramo antiguo dé por sí solo más de 720 días: entonces el máximo es lo que dé ese tramo, sin superar nunca 42 mensualidades (disposición transitoria 11.ª ET). Las fracciones de mes se redondean al mes completo.

Caso: entrada el 01/03/2008, despido el 01/03/2026, salario diario de 65,75 €.

Con solo 33 días por año en todo el periodo habrían salido 594 días × 65,75 = 39.056 €: el tramo antiguo suma unos 3.300 €. La calculadora aplica esta regla; puede diferir unos euros por el redondeo.

Qué salario usar

Se usa el salario bruto diario con todos los conceptos salariales (pagas extra prorrateadas, antigüedad, comisiones habituales), no solo el salario base.

Plazo para reclamar

Tienes 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación (art. 59.3 del Estatuto de los Trabajadores y art. 103.1 LRJS). No cuentan sábados, domingos ni festivos nacionales, autonómicos o locales; en despido, los días de agosto sí cuentan (art. 43.4 LRJS). La papeleta suspende el plazo, que se reanuda al día siguiente del acto de conciliación o a los 15 días de presentarla si no se ha celebrado (art. 65.1 LRJS). Para los festivos locales y el periodo navideño, comprueba el calendario judicial de tu provincia o pregunta a un abogado laboralista o a tu sindicato.

Si no estás de acuerdo con las cantidades, firma el finiquito como «no conforme».

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días por año corresponden en un despido improcedente?

33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para el tiempo trabajado antes del 12/02/2012 se aplican 45 días por año.

¿Qué pasa si el despido se declara improcedente?

La empresa elige entre readmitirte o pagarte la indemnización de 33 días por año. Si eres representante legal de los trabajadores, la elección es tuya.

¿Tengo derecho a paro tras un despido improcedente?

Sí. El despido, sea cual sea su calificación, es una situación legal de desempleo (art. 267.1.a de la Ley General de la Seguridad Social). Cobrar la indemnización no impide cobrar la prestación si cumples el periodo de cotización.

Base legal: arts. 31, 38, 49, 53 y 56 del Estatuto de los Trabajadores (BOE); plazos para reclamar: art. 59.3 ET y arts. 43, 65 y 103 LRJS, explicados en la guía del finiquito. Actualizado: octubre de 2026. Información general, no asesoramiento jurídico: tu convenio, tu contrato o una sentencia pueden cambiar las cifras.

Otras guías y calculadoras

Información general orientativa a fecha de octubre de 2026; no es asesoría legal. Tu convenio colectivo puede mejorar estos mínimos.